Facturación - Facturación electrónica
 
   
Si desea recibir las facturas emitidas por Rehabilitaciones Urbanas Avilés, S.A. en formato electrónico, comuníquenoslo desde aquí.
 

1.

En qué consiste la factura electrónica?
2.
¿Qué pasos debo seguir para verificar la factura recibida, es decir, para comprobar la autenticidad del origen y la integridad del contenido?
3.
Beneficios de la facturación electrónica
4.
¿Cuál es la normativa vigente en esta materia?

 


 

1.

En qué consiste la factura electrónica?
 
 

Se basa en la aplicación de mecanismos técnicos de certificación que permiten garantizar los principios básicos exigibles legalmente a la facturación, como son:

  • La autenticidad del origen de las facturas electrónicas.
  • La integridad de su contenido.

Respetando estos principios las facturas enviadas electrónicamente gozan de validez legal, es decir, tienen los mismos efectos que los atribuidos a la factura tradicional remitida en soporte papel.

Mediante la Firma Electrónica Avanzada, obtenida a través del certificado clase 2 CA de Camerfirma, autoridad certificadora de las Cámaras de Comercio españolas, certificado que ha obtenido reconocimiento expreso de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria Española y, además, se encuentra admitido para realizar facturación electrónica mediante Resolución dictada por el Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria del pasado 26 de enero de 2004.

Para más información sobre la facturación telemática puede consultar la web de la Agencia Tributaria , y en la web de Camerfirma.

   
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2.
¿Qué pasos debo seguir para verificar la factura recibida, es decir, para comprobar la autenticidad del origen y la integridad del contenido?
   
  Para saber cómo verificar la factura recibida, pulse aquí.
   
 
Para comprobar y descargar nuestro certificado digital desde la web del emisor (Camerfirma) tan sólo tiene que introducir la dirección de e-mail desde donde le son enviadas nuestras facturas y pulsar comprobar.
   
 
   
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3.
Beneficios de la facturación electrónica
   
  Beneficio ecológico: El uso de los soporte digitales para la generación de facturas y los medios telemáticos para su envío provocan, en terminos de ahorro para las empresas, unos beneficios que se cuentan en millones de euros, pero también deben tenerse en cuenta los beneficios  a nivel medioambiental que la supresión del papel y las necesidades de mensajería provocan. La supresión de un millón de facturas equivale a más de 10.000 Kilos de madera y, tan o más importante, el coste ecológico del proceso de transformación de la misma, especialmente del consumo de agua necesario para la preparación de la pasta de papel.
   
  Ahorro de tiempo: Simplifica las tareas administrativas y agiliza la gestión diaria con clientes y proveedores.
   
 
Seguridad: Asegura la integridad del documento y la autentificación del emisor que proporciona el uso de la firma electrónica avanzada.
   
 
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4.
¿Cuál es la normativa vigente en esta materia?
   
 
  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, GENERAL TRIBUTARIA que deroga la ley 230/1963.
  • Real Decreto 2402/1985. de 18 de diciembre, por el que se regula el deber de expedir y entregar factura que incumbe a los empresarios y profesionales.
  • Orden HAC/3134/2002, de 5 de diciembre, sobre un nuevo desarrollo del régimen de facturación telemática
  • Resolución 2/2003, de 14 de febrero, del Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria sobre determinados aspectos relacionados con la facturación telemática.
  • Real Decreto 2402/2003, de 18 de diciembre, que regula el deber de expedir y entregar factura que incumbe a empresarios y profesionales.
  • Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Ley 59/2003, de 19 de diciembre, DE FIRMA ELECTRÓNICA.
 
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